martes, 27 de abril de 2010

ARANCELES 2.010

TABLA XVIII


1. Labor del proyectista (a + b + c + d) 60 %

a) Estudios previos y anteproyectos 20 %

b) Planos generales, estructuras resistentes, planillas de locales,

carpintería y documentación para reparticiones oficiales 15 %

c) Planos complementarios 15 %

d) Pliego de condiciones y presupuesto detallado 10 %

2. Labor del director de obra (e + f) 40 %

e) Planos de detalle de obra 10 %

f) Dirección de obra y liquidación 30 %

3. Labor del proyectista y dirección de la obra realizada por el mismo profesional 100 %

Cuando de acuerdo con la categoría y naturaleza de la obra no sea necesario ejecutar alguna

de las labores discriminadas en los ítems a) a f), serán ellas deducidas en el cálculo del

honorario completo.



Mas Info: http://www.tecnicos.org.ar/leyes.php?ley=aranceles

0 comentarios: